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Publicado por: Secretaría General OISS

Las fuentes de recursos de los Fondos para el fomento del empleo y protección al desempleo de las Cajas de Compensación Familiar son los siguientes:

a) la suma que resulte de aplicar el porcentaje del 55% que en el año 2002 se aplicó a las personas a cargo que sobrepasaban los 18 años de edad. Este porcentaje se descontará todos los años del 55% obligatorio para el subsidio en dinero como fuente mencionada de recursos del fondo;

b) el porcentaje no ejecutado que le corresponde del cuatro por ciento (4%) de los ingresos de las Cajas al sostenimiento de la Superintendencia del Subsidio Familiar en el período anual siguiente;

c) el porcentaje en que se reducen los gastos de administración de las Cajas de Compensación Familiar. Esta disminución será progresiva, para el año 2003 los gastos serán de máximo 9% y a partir del 2004 será máximo del 8%;

d) el 1% del 100% de los recaudos para los subsidios familiares de las Cajas con cuocientes inferiores al 80% del cuociente nacional; el 2% de los recaudos de las cajas con cuocientes entre el 80% y el 100% del cuociente nacional; y el 3% de los recaudos de las Cajas con cuocientes superiores al 100% del cuociente nacional. Estos recursos serán apropiados con cargo al componente de vivienda del FONDO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL de cada caja

e) los rendimientos financieros de los Fondos.

El monto per cápita para el año 2007 es el equivalente a 1.575 (uno punto cinco setente y cinco) salarios míminos legales mensuales vigentes, como el valor que deberán apropiar las Cajas de Compensación Familiar de los recursos del Fondo para el Fomento del Empleo y Protección al Desempleo, para cada uno de los desempleados con vinculación aterior a Cajas de Compensación Familiar y con derecho al subsidio, hasta agotar el treinta por ciento (5%) del mismo Fondo.

La Caja de Compensación Familiar que quede en la obligación de transferir recurso del Fonede para atender subsidios al desempleo, deberá multiplicar el monto per cápita mencionado anteriormente, por el número de desempleo beneficios del subsidio de las Cajas de Compensación Familiar a la cual le transferirá.

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