PANAMÁ
– La cuantía del subsidio es el sueldo medio mensual sobre el cual hubiese cotizado en los últimos 9 meses. Se abona durante 14 semanas: 6 semanas anteriores y 8 posteriores al parto.
– La cuantía del subsidio es el sueldo medio mensual sobre el cual hubiese cotizado en los últimos 9 meses. Se abona durante 14 semanas: 6 semanas anteriores y 8 posteriores al parto.
Las trabajadoras cotizantes, dependientes o independientes. Respecto a las prestaciones de asistencia sanitaria, también las esposas o compañeras permanentes de los afiliados cotizantes.
Haber cotizado durante 8 meses del periodo comprendido en los doce meses anteriores a la fecha de su alumbramiento y no ejecutar trabajo remunerado alguno en dicho periodo.
– El subsidio por maternidad es equivalente al 50% del salario percibido en los últimos 4 meses de actividad, más la cuota del sueldo anual complementario. El período de percepción del subsidio es de 9 semanas, 6 de las cuales, por lo menos, deberán ser posteriores al parto. Sin embargo, el reposo es de 90 […]
– Ley del Seguro Social. Reglamento para la aplicación del Régimen del Seguro Social. Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones de 1996.
– Trabajadoras por cuenta ajena aseguradas directas: tienen derecho a una licencia de hasta 4 meses. Para las prestaciones de asistencia sanitaria, las cónyuges de los trabajadores por cuenta ajena o independientes voluntarios. Asimismo, las trabajadoras independientes en forma voluntaria.
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