PORTUGAL
(3) Período mínimo de cotización: 5 años civiles, consecutivos o interrumpidos, con remuneraciones registradas. Se considerarán los años civiles que el total de días de remuneraciones registradas sea igual o superior a 120 días. Existen períodos de cotización más reducidos para ciertas enfermedades crónicas (por ejemplo, HIV, cáncer, esclerosis múltiple). Con carácter excepcional, se exige […]