Los señalados por la Ley. El sector privado debe reunir los requisitos legales exigidos por las autoridades de salud.
La iniciativa privada puede participar de forma complementaria al SUS (Sistema Único de Salud), siguiendo las directrices marcadas por éste, a través de contratos de derecho público o conciertos, teniendo preferencia las entidades benéficas y sin ánimo de lucro. Está prohibida la participación directa o indirecta de empresas o capitales extranjeros, salvo a través de […]
Las Instituciones de Salud Provisional ISAPRES, son personas jurídicas, con un objeto exclusivo y un capital mínimo de 5.000 Unidades de Fomento (aproximadamente US$ 171,55), inscritas en un Registro que para tal efecto lleva la Superintendencia de Salud. Otros entes privados, en la medida en que se encuentren autorizados por el Ministerio de Salud, y […]
El certificado de funcionamiento lo expide la Superintendencia Nacional de Salud, siempre que las EPS acrediten: Un capital mínimo de 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). (En 1997, 1.700.000 US$). Personalidad jurídica. Un mínimo de 20.000 afiliados, durante el primer año, y 50.000 afiliados, a partir del segundo año. Organización administrativa y financiera, así […]
Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Tible Technologies.