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BOLIVIA

Los señalados por la Ley. El sector privado debe reunir los requisitos legales exigidos por las autoridades de salud.

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BRASIL

La iniciativa privada puede participar de forma complementaria al SUS (Sistema Único de Salud), siguiendo las directrices marcadas por éste, a través de contratos de derecho público o conciertos, teniendo preferencia las entidades benéficas y sin ánimo de lucro. Está prohibida la participación directa o indirecta de empresas o capitales extranjeros, salvo a través de […]

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CHILE

Las Instituciones de Salud Provisional ISAPRES, son personas jurídicas, con un objeto exclusivo y un capital mínimo de 5.000 Unidades de Fomento (aproximadamente US$ 171,55), inscritas en un Registro que para tal efecto lleva la Superintendencia de Salud. Otros entes privados, en la medida en que se encuentren autorizados por el Ministerio de Salud, y […]

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COLOMBIA

El certificado de funcionamiento lo expide la Superintendencia Nacional de Salud, siempre que las EPS acrediten:  Un capital mínimo de 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). (En 1997, 1.700.000 US$).  Personalidad jurídica.  Un mínimo de 20.000 afiliados, durante el primer año, y 50.000 afiliados, a partir del segundo año.  Organización administrativa y financiera, así […]

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