Bissi 2018

439 CUADRO IV. VEJEZ CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA LEGISLACIÓN BÁSICA. 1. Fecha de implantación. 2. Normas básicas vigentes. APLICACIÓN PERSONAL. 3. Personas protegidas. • Ley 17, de 22.10.1943, constitutiva de la CCSS. • El IVM entró en funcionamiento el 1.01.43 (1). • Ley 17, de 22.10.43. • Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, aprobado en el artículo 8. Tiene vigencia a partir del 1.02.95. Es obligatorio para los trabajadores asalariados de los sectores público y privado así como para los trabajadores independientes. • Trabajadores por cuenta ajena de los sectores públicos y privados. • Las personas de escasos recursos tienen acceso a un régimen no contributivo, administrado por la propia institución. Ley núm. 24 de Seguridad, 1979. Ley núm. 24 de Seguridad, 1979. • Los trabajadores asalariados de los sectores estatal, cooperativo y privado. • Los trabajadores asalariados de las organizaciones políticas, de masas y asociaciones. Ley de Jubilación, Montepíos civil y ahorro cooperativo, de 8 de marzo de 1928. Ley 2001/55, Resolución CD 100 de 21 de febrero de 2006. Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar. DO 483 de 2015. • Todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella; en particular. • El trabajador en relación de dependencia; • El trabajador autónomo; • El profesional en libre ejercicio. (Referencia al artículo 2 ley 55 de 2001 Ley de Seguridad Social). 1.1.1969. Ley del Seguro Social. • Ley del sistema de Ahorro para Pensiones (1). • Reglamento de recaudación de cotizaciones del sistema de pensiones públicas. • Sistema Público: Trabajadores del sector privado y público de 55 años (hombres) o 50 (mujeres). Los mayores de 36 años hasta las indicadas pueden quedar voluntariamente incluidos. • Sistema Privado: Trabajadores del sector privado y público menores de 36 años y mayores que se incorporen voluntariamente. (2) Real Decreto de 11 de marzo de 1919. • Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015. • Decreto núm. 3.158, de 23 de diciembre de 1966. • Orden del Ministerio de Trabajo de 18 de enero de 1967. Trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia. Por lo que se refiere a las pensiones no contributivas, las personas residentes que carezcan de recursos, en los términos previstos en la legislación vigente.

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