Bissi 2018

97 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN ECUADOR 1. Características básicas El Sistema de Seguridad Social de Ecuador, como consecuencia de las reformas aprobadas producto de la nueva Constitución de la República es público y universal, basándose en principios de solidaridad, obligatoriedad, uni- versalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y suficiencia y se ven plasmados en la organización y funcionamien- to del Seguro General Obligatorio, a cargo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS, que protege a los afiliados contra las contingencias que afectan su capacidad de trabajo y la obtención de un ingreso acorde con su actividad laboral en caso de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo, vejez, muerte e invalidez , incluida la discapacidad y cesantías. El Seguro Universal Obligatorio se extenderá a toda la población urbana y rural, con independencia de su situa- ción laboral. Las prestaciones para las personas que realizan trabajo doméstico no remunerado y tareas de cuida- do se financiarán con aportes y contribuciones del Estado. La Ley definirá el mecanismo correspondiente. El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, entidad autónoma regulada por la Ley, será responsable de la presta- ción de las contingencias del Seguro Universal Obligatorio de sus afiliados. En el tema pensional, hasta el año 2015, funcionaban en Ecuador AFP dentro en un sistema de capitalización indi- vidual, y mediante una decisión constitucional que dejó sin fundamento esta opción para aspirar a una pensión. En la actualidad solo se encuentra vigente el régimen administrado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas podrán contar con un régimen especial de seguridad social, de acuerdo con la Ley; sus entidades de seguridad social formarán parte de la red pública integral de salud y del sistema de seguridad social. 2. Estructura del sistema Con la reforma al sistema introducida por la Ley No. 2001-55 y la aprobación de la nueva Constitución de la Repú- blica, se ha ampliado el alcance de los sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio, en calidad de afiliados, siendo sujetos de protección todas las personas que perciben ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella. Por otra parte, los trabajadores que se dedican a la pesca artesanal y el habitante rural que labora habitualmente en el campo, por cuenta propia o de la comunidad a la que pertenece, que no recibe remuneraciones de un empleador público o privado y que tampoco contrata a personas extrañas a la comunidad o a terceros para que realicen actividades

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