Bissi 2018

85 Régimen de Pensiones Complementarias El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias es un régimen de capitalización individual y tiene como objetivo complementar los beneficios establecidos en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS o los regímenes públicos sustitutos, para todos los trabajadores dependientes o asalariados. Los aportes del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias son registrados y controlados por medio del Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE); el sistema deberá trasladarlos a la operadora, escogida por los trabajadores. Los aportes al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias se calcularán con la misma base salarial reportado por los patronos al Régimen de Invalidez Vejez y Muerte de la CCSS. Los trabajadores afiliados al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, en forma individual o por medio de convenios de afiliación colectiva, podrán afiliarse al Régimen Voluntario de Pensiones Complemen- tarias. Los patronos podrán acordar con uno o más de los trabajadores, la realización de aportes periódicos o extraordinarios a las respectivas cuentas para pensión complementaria. Los convenios de aportación deberán celebrarse por escrito y con copia a la Superintendencia de Pensiones. Los aportes voluntario o extraordinarios se mantendrán registrados a nombre de cada trabajador, en forma separada de los aportes obligatorios, y serán registrados y controlados por medio del SICERE o directamente en las ventanillas de las operadoras o de las personas con las que esta celebre convenios para este efecto, siempre que, en ese último caso, la persona designada cumpla los requisitos que al efecto establezca el Super- intendente de Pensiones. En mayo del 2001 el Sistema Centralizado de Recaudación de la CCSS (SICERE) inició la distribución a las Ope- radoras de Pensiones de los recursos correspondientes a los fondos obligatorios, cuya facturación arrancó en marzo de ese mismo año. A partir de este mes, se inició la aportación de los trabajadores y de los patronos para el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) y el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), según lo establecido en la Ley de Protección al Trabajador (Ley No. 7983). A diciembre de 2007 el sistema po- seía un total de activos netos de 2.332.7 millones de dólares, esto incluye el régimen Obligatorio, el régimen voluntario (dólares y colones), el Fondo de Capitalización laboral y otros fondos que son controlados por la Superintendencia de Pensiones. Solamente para el Régimen Obligatorio de pensiones el activo neto admi- nistrado tiene un saldo de 1450 millones de dólares. A diciembre de 2007 ese mismo fondo tenía un total de 1.608.595 afiliados y un total de activo neto por operadoras de 718.090,5 millones de colones. (15) El saldo de los fondos administrados por las operadoras de pensiones alcanzó 5736,6 millones de dólares al 31 de diciembre de 2012. Con respecto a igual fecha del año anterior, este aumentó en 1063,8 millones de (15) Los datos de estos regímenes pueden ser consultados en el sitio de internet de la Superintendencia de Pensiones: www.supen.fi.cr

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