Bissi 2018

76 que orienten los recursos y las acciones del Sistema de Pensiones, Salud, así como las normas científicas y administrativas, dirigidas a la Seguridad Social, el fomento de la salud, la prevención de la enfermedad, el tratamiento y la rehabilitación. Anteriormente, existía la Comisión de Regulación en Salud (CRES), que fue liquidada por el Decreto 2560 de 2012, pasando sus funciones al Ministerio de Salud y Protección Social. Respecto del Sector Salud, se tienen como órganos sectoriales de asesoría y coordinación el Consejo Na- cional de Control de Zoonosis, el Consejo Nacional de Sida, Consejo Nacional de Discapacidad, la Comisión Intersectorial de Salud Pública, la Instancia de Coordinación y Asesoría del Sistema de Seguridad Social. Adicionalmente hay entidades como el Instituto Nacional de Salud, el Instituto de Vigilancia de Medica- mentos y alimentos – Invima, la Superintendencia Nacional de Salud que tienen funciones específicas en el sector salud. En particular, la Superintendencia Nacional de Salud tiene a su cargo las actividades de inspección, vigilancia y control de la calidad en la prestación de los servicios de salud y de asegurar el cumplimiento de las disposiciones sobre eficiencia en la gestión de las Entidades que prestan servicios de salud. En materia de Pensiones encontramos, además de los Ministerios, está la Comisión Intersectorial de Pen- siones y Beneficios Económicos, como organismo participe de las políticas públicas en materia pensional. El Ministerio de Salud y de Protección Social, como órgano rector del sistema, podrá establecer los meca- nismos que permitan la evaluación a través de indicadores de gestión y resultados en salud y bienestar de todos los actores que operan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Para fortalecer el sector salud, se tiene el Fondo de Salvamento y Garantías, que es administrado por el Ministerio de Salud y Protección Social, que tiene como objeto asegurar el pago de las obligaciones de las Empresas Sociales del Estado - ESE. Esto para controlar el riesgo financiero y de cartera que se pueden presentar por la prestación de servicios de salud y que pone en riesgo el sistema. Respecto de las Empresas Sociales del Estado, ESE, los indicadores tendrán en cuenta la rentabilidad social, las condiciones de atención y hospitalización, cobertura, aplicación de estándares internacionales sobre contratación de profesionales en las áreas de la salud para la atención de pacientes, niveles de especializa- ción, estabilidad laboral de sus servidores y acatamiento a las normas de trabajo. Ahora, desde el punto de vista de riesgos laborales, De acuerdo con la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales y el Ministerio de Sa- lud y Protección Social, a través de la Dirección de Aseguramiento en Salud, riesgos Profesionales y Pensio- nes, son las Entidades encargadas de la dirección e intervención, por parte del Estado, en la gestión de las Administradoras de riesgos Profesionales y demás entidades de previsión en este campo.

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