Bissi 2018

74 Prestaciones Familiares: tienen origen y están reguladas por la ley 21 de 1982, adicionalmente se ha regula- do por Decreto 341 de 88; Decreto 784 de 89; Ley 100 de 93; Ley 115 de 94; Ley 63 de 2000; Ley 789 de 2002: Decreto 827 de 2003; Decreto 2340 de 2003; Ley 1148 de 2007 (art. 4, 5, y 6). El sistema de subsidio familiar tiene la finalidad de cubrir a los trabajadores de carácter permanente y a los trabajadores independientes que se vinculen de manera independiente, además dan derecho a la prestación los hijos que estén a cargo del trabajador, sus ascendientes y los hermanos huérfanos de padre. Para acceder a la prestación el trabajador nos debe devengar más de cuatro salarios mínimos legales men- suales vigentes, los familiares que estén a cargo del trabajador darán derecho siguiendo las reglas específicas establecidas para cada caso. El valor de la prestación económica se calcula con base en el presupuesto de recaudación para el respectivo período, dividiendo la suma a repartir entre el número de personas a su cargo y se fija semestre anticipado, el subsidio en dinero se da por cada persona que genere el derecho, además también hay prestaciones en espe- cie como alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero que determine la reglamentación de esta ley. En virtud de que el subsidio familiar está a cargo de las cajas de compensación, las cajas ofrecen a sus afiliados a parte de los beneficios antes descritos, servicios educativos ya que varias tienen instituciones educativas, esto permite que los hijos de los afiliados puedan realizar sus estudios escolares, además también prestan servicios de recreación ya que varias cuentan con instalaciones de parques y centros deportivos que permiten el esparcimien- to de los miembros de la familia, también hay subsidio familiar de vivienda, esta es una prestación que consiste en un pago por única vez para que el afiliado tenga un complemento de su ahorro y de estamanera pueda adqui- rir vivienda propia o hacerle mejoras a la que ya tiene, también algunas prestan servicios de salud como acceso a medicamentos a través de las farmacias o tienen convenios con las IPS para la prestación de servicios de salud. Prestación por Desempleo: La prestación protege a los trabajadores tanto dependientes como independien- tes, que estén vinculados a alguna caja de compensación y que además se hayan realizado unos aportes a la caja antes del momento de la finalización del vínculo laboral, los aportes varían según si se trata de trabajador dependiente o independiente, además este no debe contar con otras fuentes de ingreso y registrarse en el sistema nacional de empleo, esto con el fin de pertenecer a una red de empleo que permita conseguir un nuevo empleo y capacitarse. Los beneficios que contiene la prestación son la cotización al sistema de seguridad social sobre un salario mínimo legal mensual vigente, una cuota monetaria del subsidio familiar fijada por la superintendencia del subsidio familiar, la cual es fijada cada año por la entidad y un bono de alimentación correspondiente a 1.5 salarios mínimos dividido en seis mensualidades. La duración del seguro de desempleo es de un máximo de seis meses, sin embargo, puede ser un tiempo menor si el trabajador consigue un nuevo empleo antes del plazo máximo o cuando incumpla con alguna de las obligaciones impuestas por la ley, por ejemplo, no asistir a las capacitaciones.

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