Bissi 2018
698 CUADRO X. INVALIDEZ (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY REQUISITOS BÁSICOS DE ACCESO A LA PRESTACIÓN. 4. Aplicación personal. 5. Condiciones de acceso al derecho. Los asegurados inscritos en el régimen de Seguridad Social y los trabajadores desempleados que se acogen voluntariamente al seguro voluntario. • Ser declarado inválido. • Tener acreditados 36 meses en los 6 años, si se es menor de 45 años; 60 meses, dentro de los últimos 9 años, si se tiene una edad comprendida entre los 45 y los 55 años; o 120 meses, en los 12 años anteriores, si se tiene una edad de más de 55 años. • Tener menos de 60 años de edad el primer día de la invalidez. Los asegurados inscritos en el régimen de Seguridad Social. • Ser declarado inválido. • Tener acreditados 36 cotizaciones mensuales en los 6 años calendario que precedan al de la declaración de la invalidez, salvo en caso de accidente común en que solamente deberá acreditar 8 cotizaciones mensuales en los 2 años anteriores a dicho evento. El asegurado únicamente. El asegurado: • Deberá encontrarse en el régimen de conservación de derechos; • Tener 250 semanas de contribución si la pérdida de la capacidad laboral es superior al 75%, o 150 semanas de contribución cuando la pérdida es inferior al 75%; y • Dictamen de invalidez correspondiente. Trabajadores dependientes e independientes que estén cotizando. 1. Se requiere un mínimo de 150 cotizaciones dentro de los últimos 6 años cotizados, que precedan a la fecha de la declaración de invalidez. Menor de 60 años. El asegurado mayor de 60 años que le sobrevenga una invalidez y no tenga derecho a la pensión por vejez se le reconocerán sus derechos en las condiciones citadas anteriormente. 2. Tenga al menos 250 semanas cotizadas. Se reconocen tres grados de invalidez, parcial, total y gran invalidez. • Todos los trabajadores públicos. • Todos los trabajadores al servicio de empresas privadas. • Los trabajadores independientes. • Los trabajadores domésticos. • Los asegurados voluntarios. Subsistema de Beneficio Definido 1. Ser considerado inválido por la Caja de Seguro Social conforme al mecanismo desarrollado para tales efectos a través del Reglamento para la Calificación de la Invalidez y de la Incapacidad Permanente de Riesgos Profesionales. 2. Al momento de la solicitud cumpla con una de las siguientes combinaciones de requisitos: a. Una edad no mayor de 30 años y un mínimo de 36 cuotas mensuales aportadas al Subsistema, de las cuales por lo menos 18 deberán haber sido aportadas dentro de los 36 meses inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o Trabajadores afiliados al IPS, que sufran una incapacidad parcial o total para el trabajo habitual, por razones ajenas a la actividad profesional. Jubilación por invalidez • Debe acreditarse el hecho de no poder procurarse una remuneración equivalente a un tercio de la remuneración habitual de un trabajador del mismo sexo, con la misma formación y capacidad que se desempeñe en la misma región. • Se pierde el derecho a la pensión, siendo menor de 60 años y habiendo recuperado el 50% de la capacidad de trabajo. • No hay pensión, si la invalidez es consecuencia de un hecho voluntario o defectuoso del propio asegurado.
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