Bissi 2018

577 CUADROVII. ACCIDENTES LABORALES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (Cont.) CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA 4. Situaciones cubiertas (continuación). usual del domicilio al trabajo y viceversa, en el cumplimiento de órdenes del empleador o en el curso de una interrupción normal del trabajo. Enfermedad profesional: • Estado patológico que resulte de la acción continuada de una causa que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador realiza su trabajo. La enfermedad profesional se define como la alteración de la salud, ocasionada por razón de la actividad laboral, en trabajadores que en forma habitual se exponen a factores que producen enfermedades y que están presentes en el medio laboral o en determinadas profesiones u ocupaciones. No están amparados los accidentes que se originen por dolo o imprudencia temeraria del afiliado, ni las enfermedades excluidas en el Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo como causas de incapacidad para el trabajo. Enfermedades Profesionales: Todo estado patológico sobrevenido por la repetición de una causa proveniente, en forma directa de la clase de trabajo que desempeña o haya desempeñado el asegurado o del medio en que se ha visto obligado a desempeñarlo. c) Enfermedades profesionales: Enfermedades reconocidas. Lista de las enfermedades profesionales establecida junto con las principales actividades que suelen producirlas (R.D. 1299/2007, de 10 de noviembre)

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