Bissi 2018

536 CUADROVI. PRESTACIONES POR DESEMPLEO (Cont.) CONCEPTO ARGENTINA BOLIVIA BRASIL CHILE COLOMBIA 3. Aplicación personal (continuación). 4. Clases de prestaciones. Industria de la Construcción y que se encuentren en situación legal de desempleo, es la establecida en la Ley núm. 25.371, vigente desde el 11 de enero de 2001 y que se aplica específicamente a este universo de trabajadores. El Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo contempla una prestación económica por desempleo, vigente desde el 26 de diciembre de 1991. Adicionalmente, también forman parte de la protección por desempleo las siguientes prestaciones: • Las prestaciones derivadas del Régimen Nacional de Asignaciones Familiares; • Prestaciones médico- asistenciales; y • Cómputo del período de las prestaciones por desempleo a los efectos previsionales. El «seguro de desempleo» se concede con carácter temporal, de 3 a 5 meses. El seguro de cesantía otorga una prestación en metálico con cargo a la cuenta individual de cesantía del afiliado (CIC), y a todo evento, de monto decreciente hasta por cinco meses, y de no contar con saldo suficiente se recurre al Fondo Solidario del Seguro, en la medida que se cumplan requisitos de causal de término y tiempo de cotizaciones, entre otras. El subsidio de cesantía consiste en una prestación económica de carácter decreciente en su importe y en el tiempo. Adicionalmente en los casos anteriores, el trabajador cesante percibe asignaciones familiares por sus causantes y se les asegura el derecho a las prestaciones médicas Las prestaciones del seguro y el subsidio no son compatibles. Aportes al sistema de seguridad social de salud y pensiones calculado sobre 1 SMLMV Cuota monetaria del subsidio familiar Bono de alimentación (Art 12 ley 1636 2.2.6.1.3.18; Decreto 582 de 2014)

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