Bissi 2018
532 CUADROVI. PRESTACIONES POR DESEMPLEO CONCEPTO ARGENTINA BOLIVIA BRASIL CHILE COLOMBIA LEGISLACIÓN BÁSICA. 1. Fecha de implantación. 2. Normas básicas vigentes. 3. Aplicación personal. (*). • Ley 22.75 • Decreto 3984/84, de 21 de diciembre. • Decreto 2485 • Decreto 2533/86 • Decreto 2.228/87 • Decreto 209/89 La Ley núm. 24.013 o Ley Nacional de Empleo, de 13 de noviembre de 1991 (Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo: artículos 111 al 127). Las disposiciones del Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo serán de aplicación a todos los trabajadores cuyo contrato de trabajo se rija por la Ley de Contrato de Trabajo. No se aplica el presente sistema a los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario, a los trabajadores domésticos y a quienes hayan dejado de prestar servicios en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal. Tampoco a los trabajadores de la Industria de la Construcción. La prestación económica para los trabajadores pertenecientes al Régimen Nacional de la (1). No tiene seguro de desempleo como política pública o del estado. En la actualidad existen compañías de seguros que ofrecen a los particulares algunos beneficios en el caso de pérdida del trabajo. (1). Decreto-Ley núm. 2.284, de 1986. • Constitución Federal. • Ley núm. 7998/1990. • Ley núm. 8019/1990. • Ley núm. 8900/1994. Trabajador desempleado a consecuencia de un despido sin causa justificada (trabajadores por cuenta ajena). Ley núm. 6.020, de 1937. DFL núm. 150, de 1981. MINTRAB. Ley 19.728, de 14 de mayo de 2001. Trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo. (1) Ley 789, de 27 de diciembre de 2002. Ley 1636 de 18 de junio de 2013. Decreto único reglamentario 1072 de 2015 Decreto 582 de 8 abril de 2016, que modifica el decreto 1072 de 2015. Ley 1780 de 2016 Trabajador dependiente o independiente. (Art 12 Ley 1636 de 2013)
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