Bissi 2018

51 • Ancianos mayores a 65 años de baja renta y personas con deficiencias; • Trabajadores portuarios “avulsos”mayores a 60 años que no cumplan con los requisitos para jubilarse; • Personas con síndrome de Talidomia; • Personas con lepra que hayan sido internadas compulsivamente en hospitales colonias hasta 1986; • Seguro de desempleo para pescadores artesanales. 5. Organización administrativa La creación del Ministerio de Previsión y Asistencia Social –MPAS– en 1964 y la institución del Sistema Nacional de Previsión y Asistencia Social –SINPAS– en 1977, tuvieron como objetivos básicos la centralización de la respon- sabilidad de la elaboración y ejecución de las políticas de previsión, de salud y de asistencia social, así como una mayor coordinación entre los diversos órganos involucrados. La reforma administrativa, llevada a cabo por el Gobierno Collor de Melo, en 1990, transfirió las áreas de asisten- cia social y de salud hacia los Ministerios de Acción Social y de Salud, respectivamente. También en esa época (1990-1992) fueron sancionadas las Leyes núms. 8.080, 8.212 y 8.213, que reglamentan la Constitución Federal y disponen sobre la organización de la Seguridad Social, su financiación, la organización del Sistema Único de Salud y los beneficios de la asistencia social. En una etapa siguiente (Gobierno Itamar Franco –1992/1994–) fue aprobada la Ley Orgánica de asistencia so- cial (Ley núm. 8.742). Posteriormente (Gobierno Henrique Cardoso), fue restablecido el Ministerio de Previsión y Asistencia Social, al cual se vinculó el Instituto Nacional del Seguro Social –INSS– y la empresa de informática DATAPREV. La operacionalización y el reconocimiento de los derechos de los asegurados al Régimen General de Previsión Social, que en 2017 comprendió a más de 50 millones de asegurados y aproximadamente a 33 millones de bene- ficiarios, compete al Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), organización pública prestadora de servicios previsionales para la sociedad brasilera. Actualmente, la entidad se encuentra vinculada al Ministerio de Desarrollo Social. Respecto a la gestión, en ningún momento, se imponen restricciones a la actuación de la sociedad, de forma con- junta o complementaria a la acción estatal, sea a través de la iniciativa privada empresarial, con fines lucrativos, o sea por medio de organizaciones no gubernamentales –ONG–, de diferentes tipos.

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