Bissi 2018

501 CUADROV. PRESTACIONES ECONÓMICAS POR ENFERMEDAD (Cont.) CONCEPTO PERÚ PORTUGAL REP. DOMINICANA URUGUAY VENEZUELA 4. Límite de ingresos para afiliarse. REQUISITOS BÁSICOS DE ACCESO A LA PRESTACIÓN. 5. Condiciones de acceso. Trabajadores: No puede ser inferior a la Remuneración Mínima Vital. (Ley Núm. 26790 art. 5). Deben haberse realizado tres cotizaciones en los seis meses anteriores, estar afiliado al sistema de seguridad social y tener un vínculo laboral al gozar de la prestación y durante el periodo de la incapacidad, aunque en caso de accidente solo debe estar afiliado. No existen. • Acreditar 6 meses de cotizaciones, • Tener un período de 12 días de cotizaciones efectivas, dentro de los 4 meses anteriores al mes anterior al del inicio de la incapacidad temporal para el trabajo (índice de profesionalidad). • Presentar una certificación médica de la incapacidad temporal. El certificado médico ha de ser enviado a las instituciones de la Seguridad Social en el plazo de 5 días desde su expedición. Establece un salario cotizable máximo equivalente a 20 salarios mínimo nacional. No existe. Para generar derecho a esta prestación, el trabajador dependiente debió haber aportado el importe correspondiente a 75 jornales o 3 meses como mínimo, dependiendo del tipo de remuneración, en el caso de las embarazadas lo adquieren desde el primer día de actividad registrada; - En el caso de tener más de un empleo se deberá certificar para todas las actividades. Los beneficiarios de este subsidio percibirán el equivalente al 70% de todas aquellas partidas que constituyen materia grabada. De acuerdo con el Artículo 114 del código de seguridad social es límite inferior es de 1 salario mínimo y el superior es de 10 salarios mínimos. Los asegurados tienen derecho, en caso de incapacidad para el trabajo debida a enfermedad o accidentes, a una indemnización diaria a partir del 4.º día de incapacidad. Se requiere: Certificado de Incapacidad que valide el reposo. Comprobante de Consignación de Datos que emite la empresa. (2)

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