Bissi 2018

468 CUADRO IV. VEJEZ (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 7. Actualización. Las pensiones se actualizan periódicamente según el Índice de Precios al Consumo. El Instituto efectuará la revalorización de las pensiones para mantener su poder adquisitivo cuando éste haya disminuido sensiblemente por efecto de alzas en el nivel de salarios y costos de la vida. La revalorización se hará siempre que existan recursos para financiarla de conformidad con lo que indique una revisión actuarial o que se establezca una nueva fuente de recursos de magnitud suficiente para el financiamiento de la revalorización. En ambos sistema las pensiones se incrementan anualmente con base en el índice de precios al consumidor Los incrementos de las cuantías de la pensión se producen cada vez que se incrementa el salario mínimo de los trabajadores del sector industrial. A partir del 1 de enero de 2010 y cada cinco años, las pensiones de vejez e invalidez que se encuentren vigentes serán aumentadas automáticamente en una suma de diez balboas (B/.10.00), con excepción de las pensiones de mil quinientos balboas (B/.1,500.00) mensuales omás. Con relación a las pensiones de sobrevivientes, estas se verán favorecidas por este aumento que será distribuido proporcionalmente entre cada uno de los derechohabientes de unmismo causante. Artículo 193. Bonificación anual. A partir del mes de diciembre de 2006, los pensionados por invalidez y vejez de la Caja de Seguro Social recibirán una bonificación anual uniforme de cincuenta balboas (B/.50.00). Con relación a los beneficiarios de pensiones de sobrevivientes, estos se verán favorecidos por este bono que será distribuido proporcionalmente entre cada uno de los derechohabientes de unmismo causante. A partir del mes de diciembre de 2008, dicha bonificación se aumentará a sesenta balboas (B/.60.00). Los pagos efectuados por el IPS se actualizan en función de la variación del Índice de Precios al Consumo, a partir de enero de cada año.

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