Bissi 2018
463 CUADRO IV. VEJEZ (Cont.) CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA 6. Base reguladora de la prestación. Promedio de los últimos 240 salarios o ingresos mensuales cotizados por el asegurado, actualizados por inflación, tomando como base el índice de precios al consumidor. La cuantía de la pensión por edad se determina sobre el salario promedio que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante los 5 años naturales, seleccionados de entre los últimos 15 años naturales anteriores a la solicitud de la pensión. La base de cálculo aplicable para el IESS, será igual al promedio de los cinco (5) años de mejores sueldos o salarios sobre los cuales se aportó. Para el computo de la base de cálculo de la pensión se procederá a la suma de doce (12) meses de imposiciones consecutivas y ese resultado se dividirá para doce (12). Obteniendo así el promedio mensual de los sueldos o salarios de cada año de imposiciones del afiliado se seleccionará los cinco (5) promedios mensuales de mayor cuantía y el resultado de la suma se dividirá para cinco (5). (Artículo 2 resolución C.D 100). Salario base regulador: promedio de los últimos 120 salarios. La base reguladora, en el año 2018, es el cociente de dividir por 294 las cotizaciones del interesado durante los 1252 meses inmediatamente anteriores a la jubilación. El número de mensualidades que se toman en consideración se irá ampliando en el período 2013-2027, de modo que en este último año, la pensión se calculará dividiendo entre 350 la sumas de las bases de cotización correspondientes a las 300 mensualidades previa a la fecha en que se causa la pensión. Las 24 mensualidades más cercanas al momento de la jubilación se toman por su importe anual, mientras que el resto se actualiza en función de la evolución del IPC.
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