Bissi 2018
460 CUADRO IV. VEJEZ (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 5. Nivel cuantitativo de la prestación (continuación). El asegurado que habiendo alcanzado la edad mínima y termine su relación de trabajo sin tener derecho a la pensión de vejez, y siempre que acredite por lo menos 12 meses de contribución, tiene derecho a una asignación única, cuyo monto será igual al 70% del valor de las cuotas laborales efectivamente aportadas. El pensionado que necesite asistencia permanente de una persona para ejercer los actos principales de su existencia, tendrá derecho a percibir una suma adicional que fijará Instituto de conformidad con las condiciones prevalecientes y que podrá ser como máximo hasta un 50% de la pensión. Esta suma adicional no se tomará en cuenta para fijar la pensión de sobrevivencia a que eventualmente haya lugar. El monto de la pensión de este grupo no podrá ser inferior a la que correspondiere al grupo anterior. En ambos casos, al asegurado que haya cotizado 15 años o y con 60 años de edad continúe trabajando, le será reconocido el 1% adicional por cada 50 semanas cotizadas, hasta que cumpla los 65 años de edad. Percibirán además sobre la cuantía de la pensión, asignaciones familiares equivalentes al 15% por la esposa (o) inválido y 10% por cada hijo menor de 15 años o ascendientes a su cargo, mayores de 60 años. La pensión con sus asignaciones familiares no podrá exceder del 100% del salario base, ni la cantidad que señale como sueldo máximo mensual en la Administración Pública. Para los hijos ascendientes inválidos a su cargo, se mantendrán las asignaciones familiares mientras dure la invalidez. Igualmente se mantendrán las asignaciones. 2. A partir del 1 de enero de 2007, una suma de hasta 1.500,00 balboasmensuales como máximo, salvo que: a. El asegurado tenga por lomenos 25 años de cotizaciones y un salario promediomensual nomenor de 2.000 balboas en los 15 mejores años de cotizaciones; en cuyo caso la pensión podrá ser de unmonto de hasta 2.000 balboas. b. El asegurado tenga por lo menos 30 años de cotizaciones y un salario promediomensual nomenor de 2.500,00 balboas en los 20mejores años de cotizaciones; en cuyo caso la pensión podrá ser de un monto de hasta 2.500 balboas mensuales. SubsistemaMixto El montomensual de la Pensión de Retiro porVejez será determinado como una Pensión de Retiro porVejez programada, dividiendo el monto total ahorrado y capitalizado en la cuenta del solicitante al momento que deberá iniciar el pago de la pensión, entre el valor actuarial de la expectativa de vida, considerando la tasa de descuento correspondiente a la fecha, la cual será fijada por la Junta Directiva periódicamente. Si el accidente se produce antes de haber percibido salario alguno, la jubilación se calcula sobre la base del salario mínimo legal vigente. Por edad avanzada se determinará según la tasa de interés actuarial y la expectativa de vida del afiliado que señalen las tablas generales aprobadas por el IESS. Las prestaciones mencionadas serán pagadas por la Comisión Técnica de Inversiones del IESS, a través de las empresas adjudicatarias administradoras de los fondos previsionales.
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