Bissi 2018
453 CUADRO IV. VEJEZ (Cont.) CONCEPTO PERÚ PORTUGAL REP. DOMINICANA URUGUAY VENEZUELA 4. Requisitos básicos de acceso a la prestación (continuación). Otros reconocimientos: Dentro del ordenamiento jurídico peruano se establecen requisitos para otros requisitos entre las que se pueden encontrar: (2) a. Pensión Complementaria de Pensión Mínima. b. Pensión Complementaria de labores de Riesgo. c. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo - Régimen Extraordinario (Ley N° 27252). d. Jubilación Anticipada para Labores de Riesgo - Régimen Genérico (Ley N° 27252). e. Jubilación Adelantada 19990. f. Pensión Mínima Ley N° 27617. g. Pensión Mínima Ley N° 28991. h. Pensión trabajadores pesqueros Ley N° 30003. • En supuestos de desempleados: tener 62 años, siempre que en la fecha de desempleo se tuviesen 57 años, y se acredite una larga carrera de afiliación. • En caso de trabajos penosos, peligrosos o tóxicos, se puede acceder a la pensión a partir de los 55 años. • En los casos de medidas especiales de protección de actividades o de empresas, de naturaleza coyuntural, se puede acceder a la pensión a partir de los 55 años.
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