Bissi 2018

419 CUADRO III. ASISTENCIA SANITARIA (Cont.) CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA 14. Productos farmacéuticos. 15. Prótesis ópticas, acústicas y otras. Suministro gratuito de medicamentos, incluidos en la «Lista Básica de Medicamentos» , prescritos por los médicos de la CCSS u otros proyectos o sistemas autorizados (Médicos de empresa). Suministro parcial. Garantizados, de forma gratuita, para los enfermos hospitalizados y, ante determinadas patologías, para enfermos no hospitalizados. En caso de necesidad económica, se garantizan gratuitamente por el régimen de asistencia social. La asistencia sanitaria comprende las prótesis ópticas, acústicas y de otra naturaleza, en favor de los ciudadanos que las necesita. Cobertura del 100%. (Ley No. 2001-55. Art. 103) Están incluidas prótesis, órtesis y exoprótesis. (Ley 55 de 2001. Art. 103- 157) Suministro de medicamentos, que aparecen incluidos en el cuadro básico de medicamentos prescritos por los médicos del ISSS. Se proporcionan previo dictamen del médico y autorización de la Comisión Técnica de Invalidez. Los beneficiarios pagan entre el 40% al 60% del precio de los medicamentos. Los pensionistas, con carácter general abonan el 10% del precio de los medicamentos (con un máximo mensual entre 8 y 19 euros –entre 10,4 y 23,4 US$ mensuales-, según el importe de la pensión Gratuidad total para los titulares de pensiones no contributivas, discapacitados, tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y otros colectivos. Gratuidad del suministro y de la renovación normal de las prótesis, aparatos ortopédicos y vehículos para discapacitados. Las prótesis ópticas, auditivas, y de otra naturaleza pueden dar lugar a ayudas económicas.

RkJQdWJsaXNoZXIy OTM0Nw==