Bissi 2018

415 CUADRO III. ASISTENCIA SANITARIA (Cont.) CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA 12. Hospitalización. 13. Asistencia odontológica. Gratuita en los hospitales y clínicas de la CCSS. Atención preventiva y curativa, incluyendo la atención clínica especializada y de rehabilitación, así como prótesis dentales. Las prestaciones se suministran de acuerdo a las posibilidades de las infraestructuras existentes. Todos los ciudadanos tienen derecho a hospitalización por cualquier tipo de enfermedad, de forma gratuita. La prestación sanitaria comprende la asistencia odontológica. Se cubre (Ley No. 55 de 2001. Ley de Seguridad Social. Art. 103) Atención odontológica preventiva y de recuperación para todas las edades por ciclo vital e incluye la entrega de prótesis. (Resolución del IESS 308, art. 11) Ley No. 55 de 2001. Ley de Seguridad Social. Art. 103) Todos los asegurados adultos (excluidos los niños). Para asegurados adultos. Consulta externa odontológica y tratamientos de obturaciones, extracciones, profilaxis, radiografías, endodoncia y cirugía. Para los niños únicamente odontología preventiva. • Hospitalización para intervención quirúrgica: totalmente gratuita. • Otras hospitalizaciones: autorización concedida por el organismo o a petición del facultativo cuando el diagnóstico lo requiera, o cuando se trate de enfermedades contagiosas, o cuando el estado o la conducta del paciente requiera una vigilancia constante. Extracciones y tratamientos diversos. Las prótesis dentales pueden dar lugar a ayudas económicas. En caso de accidente laboral o de enfermedad profesional: asistencia quirúrgica dental incluida.

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