Bissi 2018

406 CUADRO III. ASISTENCIA SANITARIA (Cont.) CONCEPTO ARGENTINA BOLIVIA BRASIL CHILE COLOMBIA 8. Inicio de la prestación. 9. Duración de la prestación. Las obras sociales no podrán imponer períodos de carencia, salvo en el caso de que sean beneficiarios de prestaciones asistenciales, ni decidir unilateralmente sin causa la baja del afiliado. Ilimitada. En caso de extinción del contrato de trabajo, el afiliado y sus beneficiarios gozan de cobertura por 3 meses adicionales sin cargo alguno. (4) Desde el inicio de la enfermedad o el accidente. (art. 15 y 29 del código de Seguridad Social). Para que proceda el derecho se requiere que el afiliado haya cotizado al menos una cotización mensual en los últimos dos meses. De igual forma se procederá en caso de que este cesante y no cumpla con el requisito anterior, o el asegurado fallezca con relación a los beneficiarios. No tiene límite. (Art. Único ley 3505 del 2006 que derogó los artículos 16 y 17 del Código de la Seguridad social que establecía límites temporales) Desde el inicio de la enfermedad. Ilimitada. Prestaciones médicas: • De inmediato, sin perjuicio de los períodos de carencia acotados respecto de los afiliados y beneficiarios de ISAPRE, en relación con determinadas patologías preexistentes. Los trabajado-res independientes requieren 6 meses de afiliación. Prestaciones económicas: Están sujetas a requisitos de afiliación y de cotización. (ver cuadro V). Prestaciones médicas: • Sin límite. Prestaciones económicas y subsidios: • Mientras la enfermedad sea recuperable. Estar afiliado al régimen contributivo en calidad de cotizante o beneficiario o al régimen subsidiado como cabeza de familia o beneficiario. (Ley 100 de 1993, art. 164) Ilimitada, siempre que esté en peligro su calidad de vida e integridad. Las novedades sobre la condición del afiliado en ningún caso podrán afectar la continuidad de la prestación de los servicios de salud. (Ley 100 de 1993, art. 2) Se tienen exclusiones en los procesos y procedimientos que hagan referencia a procesos cosméticos, estéticos, tecnologías experimentales, y tecnologías que no se relacionen directamente con la salud.

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