Bissi 2018
378 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 1. Vejez. 2. Accidentes laborales y enfermedades profesionales. 3. Invalidez. 4. Muerte y supervivencia. FISCALIDAD. El programa de Invalidez, Vejez y Sobrevientes (IVS) utiliza el sistema financiero de prima escalonada. El programa de Invalidez, Vejez y Sobrevientes (IVS) utiliza el sistema financiero de prima escalonada Ídem epígrafe 3 Las cotizaciones de los trabajadores y de los empleadores son deducibles del Impuesto. El programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivientes (IVS) utiliza el sistema financiero de prima escalonada El programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivientes (IVS) utiliza el sistema financiero de prima escalonada Ídem epígrafe 8 Las contribuciones y prestaciones de la seguridad social hondureña no están sujetas a ninguna imposición fiscal. Sistema de reparto (IMSS e ISSSTE por la ley antigua) y sistema de capitalización individual (Sistema de Ahorro para el Retiro – SAR, IMSS y el ISSSTE). Sistema de reparto Lo indicado en el epígrafe 2 Lo indicado en el epígrafe 2 Los aportes son deducibles de la base imponible del Impuesto a la Renta Conforme al Reglamento Financiero del INSS, la financiación de las pensiones de vejez se basa en el sistema de primas escalonadas, pero en la realidad funciona el sistema de reparto anual. La financiación de estas prestaciones se basa en el sistema de reparto de capitales constitutivos. Lo señalado en el epígrafe 1. Lo señalado en el epígrafe 1. La legislación tributaria vigente en Nicaragua no establece deducciones aplicables a la cuantía total en concepto de impuestos, tanto para las personas naturales como jurídicas Régimen compuesto, en el que coexisten dos subsistemas de beneficios Idem epígrafe 1. Idem epígrafe 1. Idem epígrafe 1. Sistema de reparto. Sistema de reparto. Sistema de reparto.
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