Bissi 2018

375 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO PERÚ PORTUGAL REP. DOMINICANA URUGUAY VENEZUELA 4. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 5. Prestaciones familiares. 6. Invalidez Permanente. 7. Supervivencia. SISTEMAS FINANCIEROS APLICABLES A LAS PRESTACIONES A LARGO PLAZO. Se financian con cotizaciones para las pensiones que gestiona la Oficina de Normalización Pensional. Se pagan directamente por el empleador. Existe participación del Estado. para las pensiones que gestiona la Oficina de Normalización Pensional. Existe participación del Estado para las pensiones que gestiona la Oficina de Normalización Pensional. La cobertura financiera de las prestaciones familiares descansa en los Presupuestos Generales del Estado. Ídem epígrafe 2 «Vejez» Ídem epígrafe 2 «Vejez» El empleador contribuirá al financiamiento del Régimen Contributivo, tanto para el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia como para el Seguro Familiar de Salud, con el setenta (70) por ciento del costo total y al trabajador le corresponderá el treinta (30) por ciento restante. Ídem epígrafe 1. Las prestaciones familiares son no contributivas, por lo cual están financiadas por el Estado. El Banco de Seguros ajustará como mínimo una vez al año la renta por incapacidad permanente o muerte, en función del índice medio de salarios establecido por la Dirección General de Estadística y Censos. La renta anual por incapacidad permanente o muerte es compatible con las jubilaciones o pensiones atendidas por los Organismos de Previsión Social. Se financia con el Seguro Obligatorio en Venezuela, en donde el IVSS tiene un rol preponderante en la cobertura de estas contingencias. Se financian directamente con el presupuesto nacional. Se financia con el Seguro Obligatorio en Venezuela, en donde el IVSS tiene un rol preponderante en la cobertura de estas contingencias Se financia con el Seguro Obligatorio en Venezuela, en donde el IVSS tiene un rol preponderante en la cobertura de estas contingencias

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