Bissi 2018

358 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 2. Vejez (continuación). 3. Prestaciones monetarias por enfermedad. 4. Prestaciones por desempleo. Contribuciones incluidas en el programa de asistencia sanitaria. Cinco por ciento (5%) para el empleador, de 2.5% para el trabajador y de 0.5% para el Estado aplicados sobre una remuneración máxima de de L 7.000,00 Para las prestaciones económicas o en dinero se pagará una cuota del 1% que se distribuirá entre el asegurado (0.25%), el patrono (0.70%) o empleador y el Estado (0.05%) En cuanto a la cesantía en edad avanzada y vejez, se utilizarán los recursos acumulados en la cuenta individual para, a opción del trabajador, contratar con la institución de seguros de su elección una renta vitalicia, o mantener el saldo de su cuenta individual en una AFORE y efectuar con cargo a éste, retiros programados. Están incluidas en las cotizaciones para el Seguro de Enfermedad-Maternidad, a que se refiere el epígrafe 1. No existen en la Seguridad Social de Nicaragua prestaciones por desempleo Cotizaciones de los asegurados obligatorios y voluntarios.

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