Bissi 2018

354 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 2. Vejez. El patrono aporta el 3,67% de la nómina. el trabajador el 1,83% del salario, y el Estado cubre el 25% del gasto anual de pensiones. (2) La tasa de cotización para el beneficio de invalidez, vejez y muerte (IVM) será del dos por ciento (3%) para el empleador, del uno por ciento (1%) para el trabajador y de 0.5% para el Estado como aporte adicional a su contribución como empleador. Empleador 3.15%; trabajador 1.125% y 0.225% del Estado. Las contribuciones se realizan sobre el salario base de cotización del empleado, que está topado a 25 salarios mínimos Generales del Distrito Federal. (MXN 1,644 pesos mexicanos por mes a 2009.) (1) El Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte opera con una cotización del 13,255% sobre los salarios cotizables, de los que corresponde al empleador el 9% y un 4,25% al trabajador. El salario objeto de cotización no excederá de la cuantía de C$ 37.580,00 mensuales. • Cotizaciones de los empleadores y de los asegurado obligatorios y voluntarios. Aportación estatal • Una cuota de los subsidios por enfermedad, maternidad y riesgos profesionales. se dedica al programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

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