Bissi 2018

350 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO GUATEMALA HONDURAS MÉXICO NICARAGUA PANAMÁ PARAGUAY 9. Muerte y supervivencia. COTIZACIONES: PORCENTAJESYTOPES SALARIALES. 1. Asistencia sanitaria. Contribuciones de patronos, trabajadores y Estado. El patrono aporta el 4% de la nómina, el trabajador el 2% y el Estado el 2%. (1) Contribución de los empleadores, trabajadores y Estado. Aportes obligatorios del trabajador, empleador y del Estado • Por cada asegurado se pagará una cuota diaria patronal equivalente al 13.9% de un salario mínimo general diario para el Distrito Federal; • Para los asegurados Con salario mayor de 3 veces el salario mínimo, además de la cuota anterior, se adiciona otra cuota patronal equivalente al 6 % y otra obrera, del 2% sobre el salario superior a 3 veces el salario mínimo • El Gobierno Federal cubre una cuota diaria por cada asegurado, equivalente a 13.9% de un salario mínimo general diario, suma que se incrementará anualmente con base en el índice de precios al consumidor. Ídem epígrafe 2. Los trabajadores por cuenta propia financian las prestaciones con cuotas a su cargo. Las acciones de salud del Ministerio de Salud se financian a través del Presupuesto de la República. La Ley de Seguridad Social solo hace referencia a la separación tripartita (empleadores, trabajadores y Estado) siendo un 15% a cargo del empleador, 6,25%, del trabajador y un 0.25% de aporte estatal. Ídem epígrafe 2. (2) La población no asegurada está a cargo del Ministerio de Salud, y su financiación corre a cargo del Presupuesto del Estado. Para la población asegurada en la CSS, la cotización a los regímenes de IVM, Enfermedad y Maternidad, varía según una escala (vid. Nota 1). Idem epígrafe 1. (4). El Ministerio de Salud Pública aplica un canon a los usuarios. El IPS no cobra a sus usuarios.

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