Bissi 2018

348 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO ARGENTINA BOLIVIA BRASIL CHILE COLOMBIA 9. Muerte y supervivencia. COTIZACIONES: PORCENTAJES Y TOPES SALARIALES. 1. Asistencia sanitaria. (*) Ídem epígrafe 8. • Los empleadores cotizan en promedio el 6% de la remuneración de sus trabajadores, sin tope máximo. • Los trabajadores por cuenta ajena cotizan el 3% de su remuneración, sujeta a un tope máximo que se ajusta semestralmente en razón de la variación del índice de movilidad previsional. Cotizaciones exclusivamente a cargo de los trabajadores. Fondo solidario – Aporte Nacional Solidario Los empleadores cotizan el 10%, calculado sobre la totalidad de las remuneraciones percibidas por el trabajador, sin límite alguno. Es un aporte a las Cajas de Salud; que tiene como objetivo cubrir las contingencias inmediatas de salud que tiene e1 trabajador ya sea por enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional, para la prevención, tratamiento y recuperación, también con éste aporte cubre a sus beneficiarios Cabe resalta que el Fondo Solidario en Bolivia se encuentra financiado por Los pensionistas cotizan el 5%, calculado sobre la renta básica. Recursos provenientes de los trabajadores, derivados de su salario contributivo, de las empresas, de los empleadores domésticos, de las agencias de apuestas y de la Unión conforme lo expuesto en la Introducción sobre“Financiamiento”. Se aplican las reglas señaladas en el epígrafe 8 anterior. El porcentaje de cotizaciones es del 7% del ingreso mensual imponible o de la pensión para el sector de jubilados pertenecientes al 20% más rico de la población. En el caso de las ISAPRES, se puede pactar una mayor cotización. El ingreso máximo para fines de cotización es en Unidades de Fomento (UF) y varía anualmente según incremento de las remuneraciones reales (2018: 78,3 UF) Ingreso mínimo para el año 2018 es de $276.000 o US$ 460 (1 U$ = $ 600 aprox.). 78,3 Unidades de Fomento a marzo de 2018: $ 2.114.100 (U$ 3.520 aprox.). Además de la cotización, los afiliados por regla general deben efectuar, en el momento de requerir la prestación, un «copago» directo. Cotizaciones de los empleadores y trabajadores. Sus recursos se administran conforme a los Regímenes de Pensión que cubre los riesgos de Vejez, Invalidez y Muerte. Cotización del 12,5% del ingreso base del trabajador, con un tope salarial de 25 salarios mínimos legales mensuales. . 8.5% a cargo del empleador y 4% a cargo del trabajador. Los trabajadores independientes y pensionados tienen a su cargo la cotización total. El pago de los aportes o cotizaciones se realiza de forma conjunta a través de la planilla PILA.

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