Bissi 2018

341 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO COSTA RICA CUBA ECUADOR EL SALVADOR ESPAÑA 4. Desempleo. 5. Accidentes laborales y enfermedades profesionales. 6. Prestaciones familiares. No existe Seguro de desempleo. Se paga un auxilio de cesantía, según la tabla del artículo 29 del Código de Trabajo más capital acumulado en el Ahorro Laboral del Fondo de Capitalización Individual, administrado por las Operadoras de Pensiones. Cotizaciones de los empleadores, según la actividad y la siniestralidad. Aunque las prestaciones no están operando, la financiación del FODESAF proviene de cotizaciones de los empleadores, equivalentes al 5% del total de sueldos y salarios, más el 20% de lo recaudado por el Impuesto de Ventas. En el caso de prestaciones en servicio y en especie, aportaciones por el presupuesto del Estado. En caso de pensiones, contribuciones de las entidades laborales. Cotizaciones a cargo exclusivo de los empleadores. Es la prestación económica que protege al afiliado por un cese temporal de actividades productivas durante un periodo máximo de 5 meses, mientras encuentra una nueva oportunidad laboral. Cotizaciones a cargo exclusivo de los empleadores. Es financiada directamente por la operación del empleador, puesto que la asignación corresponde a la participación en las utilidades de la empresa dependiendo de la carga familiar del trabajador. (3). Cotizaciones de empleadores y trabajadores (1). (4). Cotizaciones de los trabajadores y de los empleadores. Financiación por aportaciones del Estado en el caso de los subsidios asistenciales. Cotización exclusiva a cargo del empleador. Aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social.

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