Bissi 2018

339 CUADRO II. FINANCIACIÓN (Cont.) CONCEPTO PERÚ PORTUGAL REP. DOMINICANA URUGUAY VENEZUELA FUENTES DE FINANCIACIÓN. 1. Asistencia sanitaria. 2. Vejez. 3. Prestaciones monetarias por enfermedad. Los regímenes contributivos se financian por los empleadores o asegurados, cuando se trata de un trabajador activo dependiente o independiente, respectivamente. Los aportes también están a cargo de los asegurados titulares cuando se trata de pensionistas. Art. 4 Ley 27056 Ley de Creación de ESSALUD. El régimen estatal se financia con recursos ordinarios provenientes del Presupuesto General de la República y otros recursos. Aportes obligatorios a cargo de los trabajadores, ya sea por el sistema de reparto, ya lo sea por el de capitalización. Para el sistema de reparto se necesita la contribución del Gobierno y las transferencias de los gobiernos regionales y locales. Oficina de Normalización Pensional. Aportes a cargo de los empleadores. (1) Impuestos, incluidos en el Presupuesto del Estado. Cotizaciones de los trabajadores por cuenta ajena y de los respectivos empresarios. Cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia. Cotizaciones de los trabajadores y de los respectivos empresarios. Cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia, que hayan elegido por tener cubierta esta prestación. Cotizaciones de trabajadores, de empleadores y el Estado. Cotizaciones de los empleadores, trabajadores asalariados públicos y privados, por cuenta propia y el Estado, más los capitales de reserva acumulados y el producto de las inversiones del fondo de reserva. Cotizaciones de empleadores. (1). Asistencia sanitaria pública: Presupuesto del Estado, en su mayor parte, y pago diferencial por la atención en algunos casos. Seguro social de trabajadores activos del sector privado: cotizaciones de empleadores y trabajadores. Aportes de trabajadores y empleadores: Contribuciones Especiales de Seguridad Social (CESS); - Impuestos específicamente dirigidos a apoyar la Seguridad Social; - Asistencia financiera del Estado. (2). Cotización de empresarios y trabajadores. Recursos generales del BPS provenientes de la vía fiscal y contribuciones del Estado. Cotizaciones al IVSS de empleadores y trabajadores Cotizaciones al IVSS de los empleadores y trabajadores en relación de dependencia, y de los trabajadores no dependientes al Seguro Facultativo. Art. 63 Ley Orgánico de la Seguridad Social. (1) Ídem epígrafe 2. Cotizaciones al IVSS de empleadores y trabajadores; aportes del gobierno para la seguridad social. Art. 104 Ley Orgánica de la Seguridad Social. (2)

RkJQdWJsaXNoZXIy OTM0Nw==