Bissi 2018

268 Prestaciones económicas Temporales • Asistencia funeraria: El fallecimiento de un interesado da derecho a una asistencia funeraria de 5.000 Bs. Características Generales – Este régimen será responsable de la promoción del trabajo seguro y saludable; del con- trol de las condi- ciones y medio ambiente de trabajo, de la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades ocu- pacionales, de la promoción e incentivo del desarrollo de programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, y el fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura recreativa de la áreas naturales destinadas a sus efectos y de la atención integral de los tra- bajadores ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional y de sus descendientes cuando por causas relacionadas con el trabajo nacieren con patologías que generen necesidades especiales; mediante prestaciones dinerarias y no dinerarias, políticas, programas, servicios de intermediación, asesoría, información y orientación laboral y la capacitación para su inserción y reinserción al mercado de trabajo. – Este régimen actuará en concordancia con los principios del Sistema Público Nacional de Salud. – El ámbito de aplicación queda circunscrito a los trabajadores dependientes afiliados al Sistema de Seguri- dad Social. – La promoción de la salud y la seguridad en el trabajo, la prevención de las enfermedades y accidentes ocu- pacionales y otras materias compatibles, así como la promoción e incentivo del desarrollo de programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, ampara a la totalidad de los trabajadores. – Las pensiones e indemnizaciones por accidentes y enfermedades de origen ocupacional, así como los gas- tos funerarios causados por el fallecimiento del trabajador o pensionista, todas ellas debido a enfermedad ocupacional o accidente de trabajo, se finan- ciarán con cotizaciones del empleador en los términos que establezca la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. – Las prestaciones en dinero previstas serán pagadas por la Tesorería de Seguridad Social. – Las prestaciones de atención médica integral, incluyendo la rehabilitación, y las prestaciones de capacita- ción y reinserción laboral serán financiados por el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo a los Regímenes Prestacionales de Salud y Empleo, respectivamente. – El régimen será financiado mediante cotizaciones obligatorias a cargo del empleador que serán deter- minadas en función de los niveles de peligrosidad de los procesos productivos y de financiamiento fiscal para cubrir lo concerniente a los programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

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