Bissi 2018

252 (INPSASEL), Órgano Gestor de Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; la Superintendencia de Seguridad Social y la Tesorería de la Seguridad Social. Estas dos últimas instituciones carecen de efectividad algu- na por cuanto no pueden, por no existir el nuevo Sistema de Seguridad Social, ejercer sus funciones de supervi- sión, fiscalización y control. Entre las principales características del nuevo y, posiblemente, futuro Sistema de Seguridad Social, tenemos: a. El Sistema de Seguridad Social Venezolano define sus subsistemas y regímenes, sus órganos de control y gestión con la finalidad de garantizar a las personas la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que contempla, promoviendo el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y su bienestar, como elemento fundamental de política social. b. La Ley Orgánica define al Sistema de Seguridad Social como el conjunto integrado de sistemas (3) y regí- menes prestacionales (6), complementarios entre sí e interdependientes, destinados a atender las contin- gencias cubiertas. c. Establece la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo otorgando a sus normas regu- ladoras particulares y reglamentarias el rango de orden público. Definiéndola como un derecho humano y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos los ciudadanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él, independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad. d. El Sistema de Seguridad Social, es universal, integral, eficiente, de financiamiento solidario, unitario y par- ticipativo, de contribuciones directas e indirectas; y, por otra parte, su gestión será eficaz, oportuna y en equilibrio financiero y actuarial. e. Para el correcto cumplimiento, control y gestión la Ley Orgánica fija la Estructura Organizativa y Funcional del Sistema de Seguridad Social, la cual se encarga de establecer y regular su rectoría, organización, fun- cionamiento y financiamiento de la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas amparadas, diseñando nuevas instituciones como: – La Rectoría del Sistema de Seguridad Social – La Oficina de Estudios Actuariales y Económicos – La Oficina de Asuntos Educativos y Comunicacionales – La Defensoría del Derecho a la Seguridad Social

RkJQdWJsaXNoZXIy OTM0Nw==