Bissi 2018

188 prescindibles y los servicios de rehabilitación. La prestación de maternidad consiste en el cuidado de la salud de la madre gestante y la atención del parto, extendiéndose al período de puerperio y al cuidado de la salud del recién nacido. Prestaciones de bienestar y promoción social: Están comprendidas las actividades de proyección, ayuda social y de rehabilitación para el trabajo, orientadas a la promoción de la persona y protección de su salud. Prestaciones Económicas. El subsidio por incapacidad únicamente cubre a trabajadores dependientes, socios de cooperativas de trabajadores, trabajadores del hogar, pescadores y procesadores pesqueros artesanales independientes, trabajadores portuarios, trabajadores agrarios dependientes e independientes, así como los afiliados a regímenes especiales. Para acceder a estas prestaciones deben haberse realizado tres cotizaciones en los seis meses anteriores, estar afiliado al sistema de seguridad social y tener un vínculo laboral al gozar de la prestación y durante el periodo de la incapacidad, aunque en caso de tener un accidente solo debe estar afiliado. En caso de tener un accidente o enfermedad, el trabajador deberá presentar al empleador el correspondiente Certificado de Incapacidad Temporal, de conformidad al Art. 60 del Reglamento del Código de Seguridad Social en el plazo de 24 horas, firmado por el médico tratante y la unidad administrativa respectiva del Ente Gestor de Salud. Adicionalmente debe estar afiliado al sistema y esto se prueba ante la entidad gestora con el aviso de afilia- ción del trabajador o el aviso de reingreso del asegurado. Finalmente debe presentarse el formulario 8001 o 8002, el certificado médico particular o CITT en original que sustente incapacidad por los primeros 20 días y si se solicita el pago directo por el empleado, se requiere del documento de identidad del asegurado para que en caso de qué representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora solicite el reembolso, se tenga prueba. A diferencia con los otros países, el derecho al subsidio por incapacidad se adquiere el día 21 de la incapacidad y los primeros 20 días deben ser remunerados por el empleado, después será ESSALUD el encargado del pago por un periodo de hasta por 11 meses y 10 días. Esta prestación equivaldrá al promedio diario de las remuneraciones de los 4 meses inmediatamente anterio- res al inicio de la incapacidad temporal, multiplicado por el número de días de disfrute de la prestación, en caso de que la afiliación haya sido menor, se determinará por el tiempo de aportación del afiliado. Adicionalmente encontramos prestaciones económicas por Subsidio por maternidad, Subsidio por lactancia, Prestación por sepelio.

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