Bissi 2018

187 ciones económicas. Las entidades públicas ofrecen las siguientes tasas: entre 0,90% y 10% de la remuneración asegurable para las prestaciones económicas y entre 0,63% y 1,84% de la remuneración asegurable para las prestaciones de salud. 4. Acción Protectora 4.1. En materia de salud Prestaciones asistenciales. Respecto de las prestaciones y coberturas iniciará desde el momento en que la persona se encuentre afiliada, sin embargo, en el caso de las prestaciones económicas, únicamente se con- cederán en el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y regímenes especiales a los 3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos en el semestre inmediatamente anterior al mes en que se produjo la contingencia. La duración será ilimitada en los Regímenes contributivos, es decir hasta la recuperación de la salud, mientras se mantenga la condición de afiliado. En el caso del régimen estatal dependerá del gasto efectuado. El tope de gasto por afiliado al SIS por episodio y en función a cualquier tipo de prestación es el equivalente a 1.2 de Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. El tope de la estancia hospitalaria es de10 días. Adicionalmente se tiene que tener en cuenta en el Régimen contributivo el DERECHO ESPECIAL DE COBER- TURA POR DESEMPLEO que se encuentra en el art 11 de la Ley 27056 y establece que “En caso de desempleo y de suspensión perfecta de labores que genere la pérdida del derecho de cobertura, los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen el derecho a las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud durante un período de latencia de hasta doce meses, siempre que cuenten con un mínimo de cinco meses de aportación en los últimos tres años precedentes al cese, acogiéndose a dos meses de período de latencia por cada cinco meses de aportación. El período de latencia para los casos de suspensión perfecta de labores será de aplicación a partir de la fecha de pérdida del derecho de cobertura. El Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud comprende las siguientes prestaciones: Prestaciones preventivas y promocionales de la salud: Tienen por objeto conservar la salud de la población, mini- mizando los riesgos de su deterioro. Están comprendidas la educación para la salud, la evaluación y el control de riesgos y las inmunizaciones. Prestaciones de recuperación de la salud: Tienen por objeto atender los riesgos de enfermedad, resolviendo las deficiencias de salud de la población asegurada. Están incluidas la atención médica, tanto ambulatoria como de hospitalización, las medicinas e insumos médicos, el otorgamiento de prótesis y aparatos ortopédicos im-

RkJQdWJsaXNoZXIy OTM0Nw==