Bissi 2018
18 2. Estructura del sistema, ámbito de aplicación y acción protectora En la República Argentina, el Sistema Nacional de Seguridad Social cubre las siguientes contingencias: a) Vejez, invalidez y muerte: a través del Sistema Integrado Previsional Argentino–SIPA– (Ley N.º 24.241 Modi- ficada por la Ley N° 26.425; Ley Nro. 27.426). b) Desempleo: a través del Seguro Nacional de Empleo (Ley N.° 24.013). c) Cargas de familia: a través del Sistema de Asignaciones Familiares (Ley N.° 24.714), Asignación por em- barazo para Protección Social (decreto 446/2011) y Asignación Universal por Hijo para Protección Social (Decreto 1602/2009). d) Riesgos del trabajo y enfermedades profesionales: a través del Sistema de Riesgos del Trabajo (Ley N.° 24.557 complementada por la Ley Nº 27.340). e) Enfermedad: Ley N.° 19.032 (Servicios médicos asistenciales destinados al fomento, protección y recupera- ción de la salud de los jubilados y pensionados) y Ley N° 23.660 y N° 23.661 (Seguro Nacional de Salud). Esta cobertura integral alcanza prácticamente a la totalidad de los trabajadores en relación de dependencia, aun- que con algunas excepciones. Las mismas serán desarrolladas seguidamente al analizar cada subsistema en par- ticular. Para el caso de los trabajadores autónomos, estos solo se encuentran comprendidos obligatoriamente en el sub- sistema previsional, es decir que sólo tiene cobertura frente a las contingencias de vejez, invalidez y muerte. 2.1. Contingencia: vejez, invalidez y muerte Se encuentran obligatoriamente comprendidas en el Sistema Integrado Previsional Argentino, todas las per- sonas físicas mayores de 18 años que se desempeñen en relación de dependencia en la actividad pública o privada, o ejerzan actividades en forma autónoma. A partir de la vigencia de la Ley 26.425, las personas que se encontraban incluidas en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) –afiliados y beneficiarios del régimen de Capitalización y del de Reparto– quedan comprendidas en los alcances del Sistema Integrado Previsional Argentino que, entre otras cuestiones, elimina el régimen de Capitalización. Se encuentran excluidos: el personal militar de las fuerzas armadas y de seguridad, el personal policial, los trabajadores de los Estados Provinciales que no transfirieron sus Sistemas Previsionales a la órbita Nacional, los Profesionales Provinciales y los menores de 18 años.
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