Bissi 2018

113 6. Reclamaciones administrativas y revisión jurisdiccional 6.1. Regímenes de salud De acuerdo con la legislación, en el ámbito administrativo, es la Dirección General o el Consejo Directivo (en este orden) las instancias obligadas a resolver los conflictos o las reclamaciones que puedan presentar los cotizantes y/o sus beneficiarios, derivadas de la aplicación de la ley o sus reglamentos. Además, los asegura- dos pueden interponer sus demandas ante los jueces de lo laboral, pudiendo apelar sus sentencias antes las Cámaras correspondientes. 6.2. Regímenes de pensiones Conforme a la legislación vigente, en vía administrativa, es la Superintendencia de Pensiones la entidad encar- gada de resolver las reclamaciones, denuncias o quejas de los afiliados. Además, los interesados pueden recurrir los fallos de aquélla ante los Tribunales (civil o penal) y contra las sentencias de los mismos apelar a las Cámaras correspondientes.

RkJQdWJsaXNoZXIy OTM0Nw==