Bissi 2018

112 No forman parte del Ingreso Base de Cotización los siguientes conceptos: Las gratificaciones y bonificaciones ocasionales; El aguinaldo; y Viáticos, gastos de representación y prestacio- nes sociales establecidas por la Ley. En los casos en los que el afiliado tenga dos o más empleos, cotizará a su cuenta de ahorro para pensiones por la totalidad de los salarios que perciba. El ingreso base para calcular las cotizaciones de los trabajadores independientes, es el ingreso mensual que declaren ante la Institución Administradora, que en ningún caso será inferior al salario mínimo legal mensual en vigencia. Los trabajadores independientes serán responsables del pago total de las cotizaciones. 4. Acción protectora 4.1. Salud Servicios médicos hospitalarios completos para la población adulta, en caso de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales; en el caso de los niños, solo se brindan servicios médicos ambulatorios. El plan inclu- ye, además, prestaciones en dinero (subsidios por incapacidad temporal, pensiones por riesgos de trabajo y auxilio por sepelio). Las principales acciones del programa de salud son: consulta médica y especializada; consulta odontológica (sin incluir la odontología estética); exámenes de laboratorio y estudios radiológicos; medicamentos (dispensados según un cuadro básico); aparatos de prótesis y ortopedia; atención hospitalaria (medicina, cirugía y gineco-obstetricia). 4.2. Pensiones Tanto el sistema público como privado protegen los riesgos de invalidez, vejez y muerte. 5. Organización administrativa El ISSS y el INPEP son instituciones autónomas, dependientes, respectivamente, de los Ministerios de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda. Las Administraciones de Fondos de Pensiones son sociedades anónimas de capital fijo y giro único. Ambas instituciones están regidas por unas Juntas Directivas, formadas por representantes de los diferentes sec- tores involucrados (trabajadores, empleadores y Estado), incluyendo, en el caso del ISSS, a representantes de los gremios de médicos y odontólogos. Como órgano ejecutivo, la dirección General y la Presidencia (cargo cuyo nombramiento está reservado a la Presidencia de la República).

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