Bissi 2018

109 CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN EL SALVADOR 1. Características básicas La previsión social en El Salvador está orientada a la protección de los riesgos de la salud y la restitución del in- greso en los casos de invalidez, vejez o muerte. Hasta el mes de mayo de 1998, esta protección estaba a cargo de 2 Instituciones: el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) y el Instituto de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP). La primera Ley del Seguro Social fue aprobada en 1949, creándose el ISSS como ente gestor de iniciando sus ope- raciones en mayo de 1954, con la protección de los riesgos de salud. En enero de 1969 se creó el programa de pensiones (Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte). En 1976 se crea el Instituto de Pensiones de los Empleados Públicos, como un programa específico para atender a los trabajadores del sector público. En El Salvador, se llevó a cabo una reforma del sistema de pensiones (ISSS e INPEP), con características similares al modelo chileno de capitalización individual y administración privada. De acuerdo con la experiencia sobre reformas de los sistemas de pensiones en América Latina (sistemas mixtos o privados sustitutivos), el modelo adoptado en El Salvador es el privado sustitutivo, ya que, con las disposicio- nes de la nueva Ley, los programas del ISSS y del INPEP operarán únicamente mientras se extinguen los actuales pensionistas y el grupo de cotizantes que, de forma obligatoria o voluntaria, decidan permanecer en el programa específico. La nueva Ley de pensiones fue aprobada en diciembre de 1996 y entró en vigor en mayo de 1998. El sistema de ahorro para pensiones, regulado por la Superintendencia de Pensiones, está constituido por las ad- ministradoras de fondos de pensiones bajo un régimen de capitalización individual, el cual surge en sustitución del régimen antiguo denominado sistema de pensiones público (SPP) que operaba bajo un esquema de reparto. Todos aquellos afiliados al antiguo sistema, que, al inicio de operaciones del nuevo sistema, no hubiesen cumpli- do 36 años de edad, obligadamente debían afiliarse al Sistema de Ahorro para Pensiones SAP, mientras que los mayores de 36 años hasta 55 los hombres, y 50 las mujeres, pueden optar por el nuevo sistema o permanecer en el antiguo, los trabajadores mayores a esta edad al inicio de operaciones del sistema permanecen en el SPP.

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